Consiste en el pago de rentas mensuales por el uso o goce temporal del bien arrendado, el gran beneficio de este se da al no descapitalizar al arrendatario. Al final del contrato, usted tiene prioridad en la opción de compra del bien a un precio menor del valor comercial.
El Arrendamiento Puro se define como el acuerdo entre dos partes, arrendador y arrendatario, mediante el cual el arrendador otorga el uso o goce temporal de un bien por un plazo forzoso para arrendatario, el cual al termino del mismo, podrá ejercer la opción de compra del bien arrendado.
Son susceptibles de arrendamiento puro todos los bienes que no sean de consumo inmediato, excepto aquéllos que la Ley prohíbe arrendar y los derechos estrictamente personales.
El arrendatario podrá seleccionar al proveedor, fabricante o constructor y autorizar los términos y condiciones que contenga el pedido y orden de compra, en los cuales deberán identificarse y describirse los bienes que adquiera la arrendadora.
Es obligación del arrendatario cubrir todos los gastos de instalación, seguros, mantenimiento, reparaciones y demás que sean necesarios para garantizar el funcionamiento y conservación de los bienes objeto de arrendamiento, al grado que permita el uso normal que les corresponda.
Beneficios del Arrendamiento Puro:
- Ventajas: Deducción Fiscal, Liquidez Financiera, Obsolescencia Operativa.
- Deducible para ISR. La renta va directamente al Gasto.
- No limita el Tope Fiscal para vehículos que no son de carga.
- Deducibilidad con rentas superiores a los limites establecidos más IVA.
- Al final del plazo, se puede regresar el bien, ejercer la opción de compra que igual dependiendo del monto se puede financiar.
- Mayor índice de liquidez (activo circulante-pasivo a corto plazo). Puesto que no va a reducir su efectivo ni a mostrar mayores niveles de pasivo a corto plazo.
- Menor apalancamiento (pasivo total-capital contable) no incrementa sus pasivos.
- No bloquea ni restringe sus líneas de crédito.
- Registro contable fácil.
- Contamos con PLAN RESCATE que se puede adquirir y que podrá ejercer después de haber cumplido con cierto número de pago de rentas para el caso de un siniestro de perdida total en el caso de vehículos.